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El músico, comunicador y veedor ciudadano Felipe Szarruk, en representación de Subterránica, la Asociación de Músicos Independientes de Colombia y el Museo del Rock Colombiano, declaró una ofensiva legal, penal y disciplinaria contra el Instituto Distrital de las Artes (Idartes). La acción se da tras denunciar irregularidades estructurales y una presunta exclusión arbitraria dentro del Programa Distrital de Estímulos 2026. El epicentro del conflicto es la Beca LEP – Producción y Circulación – Red de Escenarios 2026, específicamente en la Categoría 3, correspondiente al Teatro al aire libre La Media Torta.

Los hechos: De la habilitación a la desaparición del listado

Según los documentos públicos emitidos por la entidad, el proceso de la propuesta presentada por Subterránica (Código 3368-030) registró las siguientes fases:

30 de abril de 2026: Idartes publica el Listado de habilitados y no habilitados. En este documento, la propuesta de Subterránica fue declarada oficialmente como HABILITADA, superando los filtros de verificación documental y requisitos mínimos para pasar a la evaluación de los jurados.

Publicación de elegibles: Al emitirse el Listado de propuestas elegibles, la postulación de Subterranica no apareció en el documento, omitiéndose tanto en el grupo de propuestas principales como en el de suplentes.

Szarruk denuncia que la entidad no publicó puntaje alguno para su propuesta, no expidió un acto administrativo que justificara la exclusión del listado de elegibles y tampoco remitió una notificación oficial detallando razones técnicas o jurídicas sobre la decisión.

Las cifras bajo cuestionamiento

El equipo jurídico del colectivo señala una inconsistencia matemática en el desarrollo de la convocatoria:

La entidad ofertó un total de 16 estímulos para esta categoría. Tras la etapa de revisión, el listado oficial arrojó únicamente 12 propuestas habilitadas. Sin embargo, en el listado final de elegibles solo se publicaron 11 propuestas, resultando la de Subterránica como la única descartada y dejando 5 estímulos desiertos o sin asignar.

Fundamentos jurídicos y presuntas violaciones penales

El comunicado emitido por el veedor ciudadano señala que la actuación de Idartes configura una vía de hecho administrativa que vulnera principios constitucionales fundamentales:

Debido Proceso (Art. 29 C.P.): Al omitir la notificación y motivación del descarte, impidiendo el derecho a la réplica o impugnación.

Principio de Igualdad y Transparencia (Art. 13 y 209 C.P.): Al no dar publicidad a los puntajes ni a las razones de la exclusión, otorgando un presunto trato diferenciado e injustificado.

Desviación de Poder: El colectivo argumenta que la exclusión responde a un patrón de persecución debido a la labor de veeduría crítica que Szarruk ejerce sobre la entidad desde 2013.

Como consecuencia, se anunció la radicación de denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por la presunta comisión de los delitos de prevaricato por omisión, abuso de función pública y peculado por apropiación o uso, este último enfocado en el destino que recibirán los fondos de los 5 estímulos que no fueron adjudicados.

Antecedentes de control fiscal

La veeduría ciudadana que originó este reclamo recuerda que Idartes ya ha sido objeto de sanciones y observaciones por parte de la Contraloría de Bogotá en años anteriores, promovidas por el mismo colectivo:

Vigilancia 2018 (Código 514 – PAD 2018): Hallazgos administrativos y con presunta incidencia disciplinaria en la contratación de los Festivales al Parque.

Auditoría 2021 (DPC 1787-21): Nuevos hallazgos administrativos, disciplinarios y fiscales en contratación que superaron los $875.000.000 COP en un solo contrato auditado.

Medidas y exigencias inmediatas

A través de una notificación formal radicada ante la Dirección General y la Subdirección de las Artes de Idartes, el Colectivo Subterránica exige el cumplimiento de cuatro puntos clave en un lapso perentorio:

Cese inmediato de la asignación de recursos, contrataciones y actividades relacionadas con programas de estímulos de Idartes hasta que los entes de control aclaren la situación.

Entrega en un término de 48 horas del acto administrativo motivado que dictó la exclusión de la propuesta Código 3368-030, junto con el puntaje asignado por los jurados.

Identificación clara de los funcionarios y cargos que ordenaron la remoción de la propuesta del listado de elegibles.

Certificación pública del destino presupuestal que tendrán los recursos económicos de los 5 premios que no fueron entregados a la ciudadanía.

De manera complementaria, se solicitará una visita fiscal especial a la Contraloría de Bogotá, se interpondrá una queja disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación y la Personería de Bogotá, y se elevará una consulta ante la Superintendencia de Industria y Comercio por presunta publicidad engañosa en las condiciones de la convocatoria.

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